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Impuesto sobre la renta de no residentes

Impuesto sobre la renta de no residentes

Al no ser residente en España y propietario de una propiedad en el territorio español, estará sujeto al Impuesto sobre la renta de no residentes.

 

Cuando la propiedad es propiedad de más de una persona sin importar si está casada o no, cada propietario será tratado como un contribuyente independiente y, por lo tanto, cada propietario debe presentar su propia declaración del impuesto.

 

 

Impuesto sobre la renta de no residentes: propiedad para uso personal del propietario

 

El ingreso anual se calculará aplicando el porcentaje en vigor al valor catastral de la propiedad publicado por las autoridades locales en el recibo del Impuesto de Bienes inmuebles (IBI).  En general, esto es el 2% o el porcentaje reducido del 1,1% si el valor catastral ha sido revisado en los últimos diez años.

 

Los ingresos son acumulables anualmente hasta al final del período tributario, el 31 de diciembre y el impuesto debe ser presentar durante los siguientes 12 meses.

 

Si solo ha sido propietario del inmueble durante parte del año o este ha sido arrendado parte del año, entonces se debe aplicar la parte proporcional.

 

Tasa impositiva forzada (según fecha publicada):

  • Residentes en la UE, Islandia y Noruega: 19%
  • Otros contribuyentes: 24%

 

 

Impuesto sobre la renta de no residentes – Ingresos de propiedades arrendadas

 

El ingreso declarado debe ser el total recibido por el arrendatario sin deducir ningún gasto.

 

Para calcular la base imponible, hay que tener en cuenta que solo los residentes en la UE, Islandia y Noruega pueden deducir algunos gastos siempre que estos gastos puedan vincularse directamente e inseparablemente a la actividad de arrendamiento que se esta ejerciendo y, por lo tanto, estén completamente vinculados a los ingresos recibidos de la propiedad española.

 

La declaración del impuestos debe presentarse trimestralmente, incluidos los ingresos debidos para el período, ya sea que hayan sido recibido o no por el dueño. Y, otras cantidades realmente recibidas incluso si estas corresponden a los ingresos de otro período futuro.

 

Tasa impositiva forzada (según fecha publicada):

  • Residentes en la UE, Islandia y Noruega: 19%
  • Otros contribuyentes: 24%

 

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