¿En que consiste la actuación posterior de la administración en España?

 

La presentación de la declaración responsable para la ocupación de una vivienda en España es suficiente para su uso desde que tenga lugar dicha presentación ante la administración por el interesado, siempre que este haya dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos por la normativa jurídica de aplicación.

Es necesario, para que tenga eficacia la declaración responsable, que su presentación vaya acompañada de la documentación requerida en su caso, entre otros, del certificado final de obras y la puesta en funcionamiento de las instalaciones en el inmueble.

La administración (ayuntamiento) tiene una labor de verificación de que la documentación presentada está completa. Si es así, la administración no iniciará ningún tipo de procedimiento ni dictará resolución administrativa por lo que no existirá ninguna notificación al interesado.

La administración podrá realizar una inspección en la edificación en España, requerir documentación si lo considera necesario para comprobar y verificar las actuaciones y, si procede, podrá incoar un procedimiento de disciplina urbanística de restablecimiento de la legalidad vulnerada, así como sancionar la infracción que se haya cometido por el interesado.

 

¿Qué medidas podría tomar la administración en España?

En el supuesto de que la edificación no se adecúe a la normativa urbanística española aplicable, la presentación de la declaración responsable no supone una limitación a la facultad de control, inspección y sanción de la administración, quien podrá tomar las siguientes medidas:

  1. Las medidas que sean necesarias para proteger la legalidad urbanística y el restablecimiento del orden jurídico perturbado.
  2.  Medias sancionadoras.
  3. La indemnización de los perjuicios que correspondan a los declarados responsables de la actuación.

La presentación de una declaración responsable en España es una actividad llevada a cabo por el interesado sin que dé lugar a una resolución aprobatoria de la administración. Lo que sí tendrá lugar con posterioridad por parte la administración, es la actuación para verificar que el interesado ha cumplido con todos los requisitos para que tenga eficacia dicha declaración.

No pueden adquirirse por silencio administrativo derechos en contra de la ordenación urbanística, por lo que no es de aplicación el silencio administrativo ante la presentación de una declaración responsable de licencia de primera ocupación en España.

La administración tiene la posibilidad de reaccionar frente a posibles ilegalidades, llevar a cabo su labor de comprobación y en caso de defecto o irregularidad, o indicios de ellos, iniciar el procedimiento que corresponda.

La ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) en su artículo 153, recoge un plazo de seis años, desde la completa terminación de los actos contrarios al ordenamiento jurídico, para adoptar las medidas para restablecer la legalidad urbanística en Andalucía.

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