Welex, firma de abogados y economistas en Marbella, tiene el placer de escribir unas líneas sobre la reserva de la herencia en España.
La reserva de la herencia en España se trata de una figura que impone una trayectoria determinada de los bienes en la sucesión Mortis Causa con la finalidad de asegurar el destino final de determinados bienes, impidiendo que estos pasen de una familia a otra en las posteriores sucesiones.
Existen varias clases de reserva en España.
1.Reserva ordinaria o Viudal.
Esta es una obligación que se le impone al cónyuge viudo, que contrae un nuevo matrimonio y tiene un nuevo hijo en España.
Aquí se obliga a conservar los bienes que heredó de su cónyuge viudo, de los parientes de dicho cónyuge, o de los hijos o descendientes del matrimonio anterior a favor de los hijos y descendientes del matrimonio anterior.
Tendrá carácter de reservables todos los bienes que se hayan adquirido en virtud de testamento, sucesión intestada, donación o cualquier tipo de título lucrativo.
No podrá reservarse la mitad de gananciales que le corresponda al viudo, los bienes adquiridos a título oneroso o las cosas que los hijos dejan a su padre o madre sabiendo que estaban casados por segunda vez.
¿Cómo afecta esto a los bienes inmuebles en España?
Pues según el artículo 974 del código civil, serán válidas todas aquellas enajenaciones que se hayan celebrado por el cónyuge supervivientes antes de celebrar segundas bodas, con la obligación, desde que las celebrare, de asegurar el valor de aquellos a los hijos descendientes del primer patrimonio.
Para aquellas enajenaciones que se hayan hecho después de contraer segundo matrimonio, el artículo 975 nos indica que subsistirá únicamente, si a su muerte no quedan hijos ni descendientes del primero.
¿Cómo afecta la reserva a los bienes muebles en España?
Según el artículo 976 del Código Civil, estas enajenaciones siempre serán válidas.
La reserva se consuma cuando el reservista fallece existiendo hijos o descendientes del matrimonio anterior, en este momento, los reservatarios, es decir, los hijos o descendientes del matrimonio anterior, podrán exigir la entrega de los bienes reservables.
Además, la reserva se pondrá extinguir cuando los hijos del matrimonio anterior renuncien expresamente a la reserva; cuando a la muerte del reservista, no hay descendientes o hijos del matrimonio anterior; o porque estos hayan sido desheredados.
2. Reserva Troncal, extraordinaria o Lineal.
Esta reserva se le impone al ascendiente que ha heredado bienes de un descendiente, que a su vez adquirió a titulo lucrativo de otro ascendiente o de un hermano en España.
Aquí se le obliga al ascendente de reservarlo a favor de los parientes que estén dentro del tercer grado y pertenezcan a la línea de donde los bienes proceden.
Si desea saber más sobre la reserva de la herencia en España, o sobre cualquier tema de índole fiscal o jurídica, no dude en contactar con Welex, firma de abogados en La Costa del Sol.
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