En muchas ocasiones, empezar con la emisión de facturas provoca muchos dolores de cabeza a las empresas, empresarios y autónomos, ¿qué son? ¿cuánto hay que depositar y dónde? ¿es progresivo? Estas y otras dudas son las que nos encontramos día a día, siempre es recomendable que un despacho de abogados y economistas como Welex, le ayude en su declaración trimestral y todo lo que tenga que ver con la facturación de su empresa en España

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No obstante, veamos juntos unas nociones básicas para entender mejor todo lo relacionado con la retención de las facturas.

Y para ello, empecemos por el principio, la retención que habrá visto en las facturas en España, son cantidades de dinero que deben ser depositadas en la Agencia Tributaria por parte de la persona o empresa que las ha emitido.

Entendido el concepto de retención pasemos ahora, a otro punto, ¿quién tiene que hacer dicha retención? En principio, tanto empresas, como empresarios y autónomos que compren u ofrezcan servicios.

¿Cuáles son las principales retenciones que nos encontramos en las facturas? Dos, seguramente le suenen sus siglas IVA (Impuesto sobre el valor Añadido) e IRPF (Impuesto de la renta sobre las personas físicas).

Efectivamente, hay otro tipo de retenciones a las que los empresarios o empresas deben hacer frente, como pueden ser la retención en las nóminas de sus trabajadores, inmuebles alquilados para realizar actividades comerciales etc.

Sin embargo, como hemos dicho IVA e IRPF son las más comunes, y para seguir aclarando más sobre las retenciones en las facturas, pongamos un caso práctico.

Pongamos por ejemplo que usted es un empresario que ofrece algún tipo de servicio y consigue un cliente. Usted, al final del proyecto, mes o cuando acuerde con el cliente, emitirá una factura por los servicios prestados.

En dicha factura, a aparte de la cuantía monetaria por el trabajo realizado, también deberá incluir un 21% perteneciente al  IVA y un 15% al IRPF.

Para que quede aún más claro, pongamos un ejemplo, con una cantidad fácil de ver como 100€, para que lo entendamos rápidamente.

Honorarios Trabajo realizado/ Servicio prestado: 100€

IVA (+21%):+ 21€

IRPF (-15%):- 15€

Factura total: 106€

 

Sobre las retenciones aclarar que no sólo se deben hacer bien las facturas, con las cantidades correctas, sino que al final de cada trimestre es obligación de toda empresa y empresario presentar en la Agencia Tributaria (Hacienda) una declaración trimestral del ejercicio, por lo que, una vez más, nuestra recomendación es que considere delegar  esta parte en manos de profesionales.

No dude en contactar los expertos contables y asesores fiscales de Welex, su despacho de abogados y economistas en Marbella, Málaga, España.