En Welex te explicamos y aclaramos las dudas sobre las principales cuestiones acerca de la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero.Te mostramos las principales claves en esta sencilla guía:
¿Qué es y cuándo entró en vigor?
Dicha declaración es una adecuación de la ley tributaria como parte de la normativa que persigue actividades fraudulentas, donde se obliga a informar sobre los bienes y derechos situados en el extranjero desde que entró en vigor el 1 de Enero del 2013.
En definitiva, informar sobre los bienes y derechos que tenemos fuera del país.
¿Qué hay que declarar en España?
Está declaración incluye la obligación de informar sobre estas tres categorías:
- Las cuentas abiertas de entidades bancarias abiertas en el extranjero.
- Rentas, derechos, valores y seguros gestionados o depositados en el extranjero.
- Bienes e inmuebles en el extranjero, incluyendo los derechos sobre los mismos.
¿A qué contribuyentes afecta esta obligación informativa?
A las personas físicas residentes en España, así como sociedades y establecimientos mercantiles extranjeros que cuenten con: un titular, representante, beneficiario, persona autorizada o con titularidad real, que deberá presentar esta información, siempre y cuando la suma de una de las tres categorías antes mencionadas a declarar (cuentas bancarias; Valores, derechos; bienes e inmuebles) supere los 50.000 €.
Se estará exento de la obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero si no se supera esta cantidad por categoría (50.000€).
A partir del ejercicio del 2012, la presentación de la declaración sólo es obligatoria si el valor del saldo por cada categoría se hubiera incrementado en más de 20.000 euros respecto a lo declarado en el ejercicio anterior.
¿Cómo y cuándo hay que presentar la declaración?
A través del modelo 720 debidamente cumplimentado por vía telemática, deberá presentarse entre el 1 de Enero y el 31 de Marzo del año siguiente al declarado.
Es importante cumplimentar de manera correcta el modelo 720, ya que constituyen infracciones graves no presentarlo, o bien presentarlo fuera de plazo, presentarlo de forma incompleta, o con algún error u omisión en algún bien, inmueble, etc. Las sanciones económicas por parte de la Agencia tributaria pueden ser severas.
Por ello, desde Welex le recomendamos que se deje asesorar por un equipo de profesionales que se encarguen de gestionar la documentación necesaria para este y otros tramites similares. ¡Contáctenos!
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