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Hacienda informará sobre titulares de tarjetas con gastos superiores a 25.000 € al año en España

Con la entrada en vigor de 2026, la Agencia Tributaria española ha reforzado los mecanismos de control sobre los pagos electrónicos realizados en España. Desde Welex, su asesor fiscal multilingüe, le explicamos en qué consiste esta nueva obligación y a quién afecta realmente.

 

¿Qué ha cambiado en 2026 en España?

El Real Decreto 253/2025 introduce una nueva obligación informativa para las entidades financieras españolas. A partir de ahora, los bancos deberán comunicar a la Agencia Tributaria los datos de aquellos titulares de tarjetas y otros medios de pago electrónicos cuyo volumen anual de cargos y abonos supere los 25.000 euros en un año natural.

No se trata de una nueva declaración para el contribuyente, sino de una obligación exclusiva de los bancos, que remitirán esta información de forma automática.

 

¿Significa esto que Hacienda en España controla cada pago?

No. La Agencia Tributaria no recibe el detalle de cada compra individual, sino el importe total anual de operaciones, con el objetivo de detectar posibles incoherencias entre el nivel de gasto y los ingresos declarados.

 

¿Por qué Hacienda refuerza el control de los pagos electrónicos en España?

El objetivo principal es:

  • Combatir la economía sumergida
  • Prevenir el fraude fiscal
  • Mejorar la trazabilidad de las operaciones
  • Adaptar el control tributario a los nuevos sistemas de pago digitales

El uso cada vez más extendido de tarjetas, plataformas digitales y pagos móviles ha hecho necesario actualizar los mecanismos de supervisión.

 

¿Qué medios de pago en España están incluidos?

La obligación de información se extiende a:

  • Tarjetas de crédito y débito
  • Compras en comercios físicos y tiendas online
  • Pasarelas de pago y plataformas electrónicas
  • Sistemas de pago vinculados a teléfono móvil, como Bizum

Los Bizum entre particulares no son el foco de esta medida. El control se centra en pagos relacionados con actividades profesionales o empresariales.

 

¿A quién afecta realmente esta normativa?

Particulares

Para la mayoría de los ciudadanos no habrá cambios relevantes. No deberán presentar ninguna declaración adicional.
Solo en casos en los que el nivel de gasto no sea coherente con los ingresos declarados, la Agencia Tributaria podría analizar la situación con mayor detalle.

Autónomos y pequeñas empresas

Este colectivo es el principal destinatario del control. La Agencia Tributaria cruzará la información facilitada por los bancos con:

  • Declaraciones de IVA
  • IRPF
  • Impuesto sobre Sociedades

El objetivo es verificar la coherencia entre los ingresos declarados y los pagos realizados.

 

¿Qué información comunicarán los bancos a Hacienda en España?

Entre otros datos, las entidades financieras facilitarán:

  • Identificación del contrato de la tarjeta
  • Datos del titular (nombre, NIF, país de residencia, fecha de nacimiento)
  • Número de tarjeta y tipo
  • Importe total anual de cargos y abonos
  • Número de operaciones realizadas
  • Retiradas de efectivo
  • Cuenta bancaria asociada (IBAN)

Conclusión

Esta nueva medida no implica un cambio directo para el contribuyente medio, pero sí supone un refuerzo del control fiscal sobre el uso de medios de pago electrónicos, especialmente para autónomos y empresas.

Contar con una correcta planificación fiscal y una adecuada coherencia entre ingresos y gastos es ahora más importante que nunca. ¿Necesita asesoramiento especializado? ¡Póngase en contacto con nosotros!

Artículo elaborado por D. Alejandro Vázquez, economista de Welex

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