En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber del modelo D6, supuestos de quienes tienen que presentarlo, si es obligatorio, plazos. Además, si eres de los que tiene que declarar las inversiones españolas en el exterior con el modelo D6, te mostramos cómo hacerlo paso a paso.
¿Qué es el modelo de declaración D6 de inversiones extranjeras?
El modelo D6 depende del ministerio de Economía, más concretamente a la Secretaría de Estado de Comercio, y es una declaración para el registro de inversiones españolas en el exterior de empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizativo, cuando se depositen en una entidad domiciliada en el extranjero o estén bajo custodia del titular de la inversión.
¿Quiénes están obligados a presentarlo?
Este modelo habrá de presentarse en dos supuestos o casos: por un lado, quien tenga que declarar operaciones (o flujos), y por otro, los que tengan que declarar depósitos en entidades exteriores:
A- La declaración de operaciones (flujos) se hará por cada inversión, participación o liquidación que suponga un 10% del capital social de la empresa no residente, si el inversor es miembro del órgano de administración o en el caso de que el importe de la inversión supere la cifra de 1.502.530,26 €. El plazo es de un mes para presentarlo desde la fecha de realización de la operación.
B- La declaración de depósitos no tiene en cuenta ninguna cantidad y tendrán que presentarla los titulares de valores situados en el extranjero. Se presenta en Enero y se cuenta la posición al final de año con fecha del 31 de Diciembre.
¿Es obligatorio el modelo D6?
Si, el modelo D6 es de carácter obligatorio para quienes poseen titulaciones en bancos, principalmente las empresas que cotizan en bolsa en el caso de que dichos valores queden depositados en países extranjeros.
Este modelo no sustituye al modelo 720 que hay que presentar en hacienda, sino que lo complementa, y aunque no haya habido ninguna consecuencia hasta la fecha por la omisión en su presentación o fuera de plazo, no significa que no existan medidas sancionadoras al respecto.
El incumplimiento con la obligación de presentarlo puede llevar a una multa de hasta el 25% del importe no declarado, con un mínimo de 3000€. Declararlo fuera de plazo conlleva unas sanciones que van de los 300 € en los primeros 6 meses hasta los 600€ pasado ese plazo.
Cumplimentación del modelo D6
Para cumplimentar el modelo D6 puedes descargarte el programa de ayuda de Comercio, denominado AFORIX. Una vez descargado e instalado seleccionamos dentro del listado de formularios el modelo D6 – Inversión Española en Valores Negociables
1-En primer lugar, elegimos si se trata de flujos o depósitos en la casilla correspondiente.
2-Si se trata de una rectificación hay que indicarlo en la casilla con el número de la declaración a sustituir y cumplimentar una nueva.
3-Rellenamos los datos del inversor: Apellidos y nombre o razón social, NIF o NIE en su caso y los datos domiciliarios del titular de la inversión.
4-El siguiente paso es rellenar los datos de las inversiones: la relación de valores depositados (u operaciones) realizadas. Aquí hay que especificar varias cosas:
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- Tipo de operación: en el caso de que sea declaración de flujos e marca con el 2 y si se trata de venta con el 4.
- Fecha (solo en el caso de que la declaración sea de flujos).
- Porcentaje de participación, en caso de que sea igual o superior al 10%.
- Código ISIN: información que nos puede aportar el Broker y que se refiere al número internacional de identificación de valores mobiliarios.
- Descripción del valor: Nombre del valor
- Emisor: código de la naturaleza del emisor, si es residente o no.
- Valor: código de valor, ya sea un título participativo, deuda a corto o largo plazo, etc.
- País: código del país en el que se ha realizado la operación.
- Moneda: código con el que esté denominado el valor.
- Número de títulos o participaciones.
- Nominal en la moneda de denominación: importe del depósito en el tipo de moneda que se haya indicado.
- Importe efectivo: de toda la posición en la moneda indicada.
5- Por ultimo en Diligencias, rellenamos los datos del inversor para recibir notificaciones o de un representante del obligado.
Documentación necesaria para presentar el modelo D6
Además del modelo D6 cumplimentado entregaremos extractos de las cuentas de valores en países exteriores además de una fotocopia del DNI o NIE.
Vías para presentar el modelo D6
Tienes tres formas de presentarlo:
Puedes presentarlo físicamente con la documentación en papel, dirigiéndote a cualquier oficina de registro de la administración.
A través de correo ordinario a la siguiente dirección: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Paseo de la Castellana, 162 28046 MADRID, a la atención de la Secretaría General de Comercio Internacional de Servicios e Inversiones
También puedes presentarlo vía online o telemáticamente con la firma electrónica.
Si tienes cualquier duda o consulta referente a este u otros temas similares, consulta con nuestros expertos asesores.
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