¿Ha adquirido la nacionalidad española y desea saber si puede perderla?
En España existen situaciones tras la adquisición de la nacionalidad con plena validez jurídica donde se puede perder esta nacionalidad española como resultado de una sanción. Desde Welex, abogados y economistas en Marbella le informamos.
Qué se entiende por españoles que no lo son de origen
Los españoles que no lo son de origen, son las personas nacidas en el extranjero de padre y madre españoles, los nacidos en España de padres extranjeros cuando uno ha nacido en España; los nacidos en España de padres extranjeros cuando ambos carecieren de nacionalidad o la nacionalidad de ninguno de ellos atribuya al hijo una nacionalidad, así como los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. Todos ellos podrán verse privados de la nacionalidad española adquirida en los términos señalados en el Código Civil.
De esta manera, el artículo 25 señala que se puede perder la nacionalidad española como sanción cuando:
Los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad como sanción:
- Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
- Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
- Cuando exista una sentencia firme que declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española. Si bien no se derivarán de ella efectos perjudiciales para terceros de buena fe. La acción de nulidad deberá ejercitarse por el Ministerio Fiscal de oficio o en virtud de denuncia, dentro del plazo de quince años.
En consecuencia, se produce la pérdida de la nacionalidad española por la utilización de la nacionalidad renunciada, por entrar al servicio de armas o cargo público contra la prohibición del Gobierno, o por sentencia que declare haber incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.
Para todo ello, se instruirá un procedimiento administrativo en el que, para mejor salvaguarda de sus intereses, es conveniente ser asistido por un abogado experto.
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