¿Posee usted un bien en territorio español?, ¿ha venido de vacaciones y ha contratado servicios en España o ha comprado bienes?

A lo largo de las siguientes líneas le indicaremos las principales categorías impositivas que puede encontrar en el Sistema Tributario español.

La constitución española de 1978 viene a señalar como obligaciones de todos los ciudadanos la contribución al sostenimiento del gasto público de acuerdo con su capacidad económica. A este respecto encontramos como principios esenciales la no confiscatoriedad, la reserva de ley, así como la igualdad en la contribución del sostenimiento del gasto público mediante el establecimiento del sistema tributario. Así, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria señala en su art.3 los principios relativos al sistema tributario al disponer en su apartado 1º que:

 

Categorías Impositivas en el Sistema Tributario Español

“1. La ordenación del sistema tributario se basa en la capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer los tributos y en los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad”.

Este mismo artículo recoge los principios esenciales de la aplicación de los gastos públicos señalando en el apartado 2º que

“2. La aplicación del sistema tributario se basará en los principios de proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios”.

 

Estos principios, tanto los de la ordenación del sistema tributario recogidos en el apartado 1º como los de aplicación del mismo, del apartado 2º vienen a enmarcar los límites de la aplicación de los poderes públicos relativos a la imposición de tributos, dotando de seguridad jurídica la entrega de bienes y la prestación de servicios en cuanto al sistema tributario contribuyendo con ello al mantenimiento del gasto público.

 

¿Cuáles son las Categorías Impositivas en el Sistema Tributario español?

Estas limitaciones se aplican a las tres categorías impositivas en España, a saber, impuestos, tasas y contribuciones especiales.

 

Así el artículo 2 define estas categorías al establecer como impuesto:

 

  • Impuestos son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente.

 

Por su parte, son tasas:

  • Tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado.

 

Finalmente, define la norma como contribuciones especiales:

  • Contribuciones especiales son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.

 

Diferencias entre las categorías de impuestos en España:

Mientras los impuestos se pueden considerar directos e indirectos, directos son los cuales gravan un determinado acto o hecho (el Impuesto de la Renta de No Residente) o indirectos los que se van derivando hasta el consumidor de bienes o servicios finales (el Impuesto sobre el Valor Añadido). Abordamos estas categorías con mayor profundidad en otras entradas de esta web.

Las tasas suponen repercutir un determinado precio por un servicio público (el pago por la emisión por un certificado o el pago por la reserva por una instalación municipal, por ejemplo) y la contribución especial supone el pago por una actividad de la administración pública o aplicación-instalación de servicios públicos cuyos beneficiarios se encue

ntran determinados (pago por la instalación de alumbrado público en urbanización).

 

En Welex contamos con un equipo de economistas expertos en todos los aspectos relacionados con el Sistema Tributario español: impuestos, tasas, contribuciones especiales y mucho más. No dude en contactar con nosotros si tiene alguna consulta en materia económica o legal en España.

 

 

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